Ciudad de México. El Tribunal Federal de Justicia
Administrativa (TFJA) resolvió que la Comisión Federal de Electricidad (CFE)
debe indemnizar a un particular y su familia con 94 millones 927 mil 797 pesos,
por daños físicos, emergentes y por lucro cesante. Cuando era menor de edad
recibió una descarga eléctrica por una mala instalación de la compañía.
Por
mayoría de ocho votos y uno en contra, los magistrados aprobaron el proyecto de
su homólogo, Rafael Anzures Uribe, quien también ordenó que la empresa púbica
deberá pagar el cinco por ciento del total de la condena por gastos de
asistencia jurídica, es decir 4 millones 746 mil 389 pesos.
Durante
la sesión del pleno del TFJA, el magistrado ponente señaló que el fallo se dio
en cumplimiento a un amparo que promovió el quejoso y su madre en 2021 para
condenar a la CFE a una reparación del daño justa, mediante la indemnización
correspondiente.
De
acuerdo con ese expediente, al joven le amputaron parte de sus brazos, una
pierna y tres dedos del pie derecho, “lo que impacta directamente en el
desarrollo de vida”.
El
magistrado Anzures Uribe apuntó que el colegiado determinó que era indebida la
cuantificación realizada por el pleno respecto de los rubros, lucros de la
madre del afectado, daño moral del afectado de su madre, de su abuelo, y de sus
dos menores hermanos, por lo que el propio tribunal procedió a cuantificar los
montos indemnizados correspondientes a los citados rubros y ordenó al TFJA
dejar sin efecto la sentencia reclamada de 12 de enero de 2022 y emitir una
nueva en la que se reiteraran las consideraciones que no fueron materia de la
concesión del amparo.
Una
vez realizado el ajuste, el TFJA ordenó a la CFE actualizar las sumas e
indemnizaciones desde diciembre de 2015 y hasta que se efectúe el pago de la
condena.
“Asimismo
se advirtió que el accionante no señaló de manera expresa en sus solicitud de
indemnización corresponsabilidad patrimonial o bien en el escrito inicial de
demanda, que debería incluir los costos de asistencia jurídica, sin embargo, en
estricto acatamiento a la ejecutoria de mérito se condenó a la autoridad
demandada el pago equivalente del cinco por ciento de la cantidad total de la
condena, cantidad cuantificada también por el tribunal y que debe pagar la
autoridad por concepto de gastos de asistencia jurídica”.
“Una
vez determinados los montos indemnizatorios, se ordenó a la autoridad demanda
actualice los mismo de conformidad con la Ley Federal de Responsabilidad
Patrimonial del Estado desde el mes de diciembre de 2015”, agregó el magistrado.
Fuente: La Jornada
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