junio 13, 2018

Por la creación de una gran cooperativa en materia de energía eléctrica creada por todos los usuarios energía electrica




Por que una cooperativa en materia de energía eléctrica para resolver el problema de la luz.

Las condiciones en que actualmente adquirimos la energía eléctrica resultan altamente gravosos para todos nosotros, particularmente para aquellos sectores de la población con menores ingresos. Por eso, y para hacer frente a ese problema usuarios del servicio de energía eléctrica de diversos partes hemos decidido formar una cooperativa de consumo que nos permita adquirir la energía a precios menos altos.

Para comprender mejor las ventajas de esta propuesta buscaremos explicar en términos lo más sencillos que podamos lo que es una cooperativa, si nos es posible formarla y como lo haríamos. Esperamos cumplir adecuadamente con estos objetivos.

I.- ¿Qué es una cooperativa?. Al respecto la Alianza Cooperativa Internacional (ACI), define las cooperativas de la siguiente manera: "Una cooperativa es una asociación autónoma de personas que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada.", por su parte, la “Ley General de Sociedades Cooperativas” (LGSC) nos dice que “La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.” En nuestro caso, la cooperativa tendría como objetivo principal adquirir la energía eléctrica como "usuarios calificados", es decir, mayoristas, con el fin de que el precio de la electricidad sea menor. De paso, quedaría también definitivamente resuelto el tema del borrón y cuenta nueva.

2.- ¿Quién puede formar parte de la cooperativa? Todas las personas que libre y voluntariamente manifiesten su deseo de pertenecer a la misma.

3.- ¿Qué se requiere para ingresar? Llenar una solicitud, proporcionar la documentación que se le requiera (IFE, CURP, comprobante de domicilio, etc.), cubrir, por una sola vez, una pequeña cuota de inscripción e indicar el monto del capital que aportará a la cooperativa, así como la forma en que lo cubrirá. Una vez aceptada su solicitud y cubiertos los requisitos, se le expedirá la correspondiente credencial de socio(a) de la cooperativa.

4.- ¿Cuánto tengo que aportar de capital?. El monto de las aportaciones mínimas y de las máximas, las fijará una asamblea general de los socios.

5.- ¿Cuánto tiempo debo permanecer en la cooperativa? El que Ud. Guste. Recuerde que la Ley establece que el ingreso y el retiro de una cooperativa son voluntarios. En consecuencia, si Ud. Desea retirarse de la empresa, bastará con que los solicite por escrito y se cumplan los requisitos establecidos por la asamblea de socios, los cuales no podrán oponerse a lo estipulado por las leyes.

6.- ¿Qué pasaría con mi aportación si me retiro? Como en cualquier negocio, al retirarse se de devuelve la inversión que haya hecho. Si al momento de efectuar dicha devolución hubieren utilidades por distribuir, se efectuaría el cálculo de la parte que le corresponda a su capital y se le sumaría; del mismo modo, si hubiere pérdidas por aplicar, se le restaría a su aportación la parte que le toque.
7.- ¿Tengo que pagar cuotas?. No Salvo la señalada en el punto tres no se cobrará cuota alguna. La aportación inicial tiene como fin cubrir los gastos de protocolización de las actas correspondientes, credencializar a los socios, etc., los gastos de la cooperativa deben salir de su propia operación.

8.- ¿Cuánta gente puede anotarse en la cooperativa?. Todos cuantos quieran, las leyes no establecen límites en ese sentido.

9.- ¿Si vivo en provincia puedo ingresar a la cooperativa?. Si. El proyecto contempla el establecimiento de sucursales (Filiales) de la cooperativa en los 32 estados de la República. A su vez, estas sucursales organizarán oficinas de la cooperativa en cada municipio de su respectivo estado, de modo que cualquier ciudadano tenga a mano un local de nuestra empresa al cual acudir a inscribirse, solicitar información, ayuda técnica, etc.

10.- ¿Quién dirigirá la cooperativa?. La asamblea general de socios elegirá un consejo de administración quien creará las secretarias o gerencias necesarias para el mejor funcionamiento de la cooperativa. Los funcionarios electos podrán ser removidos a petición de la asamblea de socios en cualquier momento.

11.- ¿A como me darán el Kwh?. Eso dependerá de a como lo ponga la Secretaría de Hacienda, que es la encargada de fijar las tarifas de la luz.

12.- ¿La cooperativa sólo sirve para comprar electricidad?. No, aunque sólo para eso sirviera, sería, sin duda, una enorme ayuda. Pero además podemos obtener otros beneficios. Por ejemplo, lograr lo que llamamos autosuficiencia energética ciudadana, que consiste en proveer a quien lo solicite, de paneles, calentadores de agua, hornos y estufas solares. También por medio de la cooperativa podemos acceder a los productos de la canasta básica a precios mas bajos, es posible igualmente montar talleres para fabricar ropa y calzado, etc., con lo que adicionalmente estaríamos creando empleos formales.

Fraternalmente
Por Una Economía Solidaria
(P.U.E.S.)

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